¿Cómo serán las jubilaciones según la nueva ley de la CSS?
La Junta Directiva reglamentará la forma para que los asegurados puedan ejercer su opción de participar en el Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria. La opción de cambiarse será irrevocable
El proyecto de ley 163 que modifica la Ley 51 de la Caja de Seguro Social establece tres sistemas de pensión para el retiro por vejez. Los dos ya establecidos en la pasada reforma de 2005: el subsistema exclusivamente de Beneficio Definido (solidario) y del Subsistema Mixto; y un nuevo programa conocido como Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria.
Las personas que se encuentran en el sistema mixto pasarán a formar parte del sistema de capitalización de forma automática, así como los nuevos cotizantes, a partir del 1 de marzo 2032; mientras, los del subsistema solidario tienen un año para cambiarse, si así lo desean, explicó el diputado Jorge Bloise.
“Todos los del mixto pasan al de capitalización. El sistema de capitalización es muy superior al mixto por las tasas de reemplazo, premia tu año de trabajo, la cantidad de cuotas. Después de un año, los del sistema solidario, que no ha solicitado su cambio al de capitalización, se quedan bajo ese subsistema que se mantendrá hasta que exista alguna persona adscrita”, dijo.
Para determinar el monto mensual de la pensión normal por vejez, en el sistema solidario y mixto, se toma como salario base el promedio de pago mensual de los diez mejores años de cotizaciones, más el 1.25 % del salario base mensual, por cada doce cuotas completas, en exceso de las cuotas de referencia; y 2 % del salario base mensual, por cada doce cuotas completas, aportadas después de haber alcanzado la edad de referencia y en exceso del número de las cuotas de referencia. La tasa básica de reemplazo es del 60 %.
Mientras que el monto mensual de la Pensión de Retiro por Vejez, en el sistema de capitalización, será calculado al momento de la solicitud, con base en el saldo del componente Contributivo de Capitalización Solidaria del asegurado, dividido entre mil y multiplicado por el factor de pensionamiento actuarial en la edad de retiro.
“La tasa de reemplazo no es más que el porcentaje que recibirías en concepto de pago de pensión por retiro de vejez. Esta ley es positiva porque trata de darle sostenibilidad a la Caja”.
“Un elemento importante es que los asegurados asumen el riesgo de mercado, de desempleo, salario bajo y longevidad directamente, mientras que en el sistema solidario se hace colectivamente”.