Opinión

Nuevo Reglamento de Buceo Comercial de Panamá

21 de octubre de 2022

Con fecha 14 de septiembre del 2022 se publicó en Gaceta Oficial la Resolución J.D. Nº041-2022 de la Autoridad Marítima de Panamá, la que resuelve aprobar el Reglamento de Buceo Comercial.

La presente resolución deroga la Resolución 106-19-DGMM del 29 de mayo de 2009, y comenzará a regir doce meses después de promulgación en Gaceta Oficial de la República de Panamá.

Su contenido abarca temas de su ámbito de aplicación; certificaciones de equipos, personal y cargos; salud ocupacional; obligaciones de las empresas dedicadas a los servicios submarinos y del personal que desempeña funciones; manual de operaciones seguras y procedimientos específicos; robótica asociada a operaciones submarinas; prohibiciones y sanciones.

Todo lo anterior es una gran noticia apuntando en la dirección correcta para mejorar, perfeccionar, profesionalizar y estandarizar las operaciones submarinas comerciales en Panamá, precisamente en un momento y escenario donde la competitividad cada día toma mas sentido y urgencia para el desarrollo y crecimiento marítimo de Panamá.

No obstante lo anterior, llama la atención la sección tercera que se refiere a “salud ocupacional y requisitos médicos”, atendiendo a que si el sistema, normativas, reglamentos y pautas de seguridad y salud ocupacional de Panamá, a través del Ministerio del Trabajo, Ministerio de Salud y Caja de Seguro Social contarán con las variables que deberán ser atendidas una vez entre en vigencia en nuevo Reglamento de Buceo Comercial de la República de Panamá. Evidentemente el sistema requerirá no sólo de Buzos idóneos, sino que también de profesionales y técnicos, entre médicos/ enfermeros/ operadores/ auditores/ peritos/ inspectores hiperbáricos que deberán ser parte de las empresas marítimas, AMP, CSS, MINSA, MITRADEL, entre otros, que satisfagan las necesidades y exigencias requeridas en este nuevo Reglamento de Buceo Comercial.

La sección décima segunda de esta nueva resolución, en su artículo transitorio señala que la Autoridad Marítima de Panamá creará una unidad administrativa denominada Sección de Buceo Comercial, bajo la supervisión directa del Departamento de Industrias Marítimas Auxiliares de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, cuya responsabilidad será la de implementar la nueva normativa y su cumplimiento. Sin duda que una gran tarea y un gran desafío, deseándoles éxito en su cometido.

Para el suscrito, quien se ha dedicado a las actividades submarinas operacionales desde el año 1997, la promulgación de este nuevo reglamento es una gran noticia y, por supuesto, se mantendrá atento al desarrollo de su implementación, aspirando al igual que muchos, a que Panamá, finalmente, cuente con un sistema robusto para el control, desarrollo y ejecución de las actividades submarinas del tipo industrial o comercial en sus aguas territoriales.

* El autor es ingeniero.