Opinión

La teoría del caso en el Código Procesal Penal Panameño

20 de septiembre de 2024

El Código Procesal Penal no define de forma explícita teoría del caso; no obstante, el artículo 367 lex. cit, nos permite comprender qué es teoría del caso, norma que establece que, al inicio del juicio oral, las partes podrán presentar ante el Tribunal su teoría del caso para lo cual se le otorgará un tiempo a cada una para exponer al Tribunal cualquiera sea la naturaleza del mismo, llámese jueces de juicio oral o tribunal de jurado. Es una herramienta estratégica utilizada por las partes para organizar su argumentación, permite a las partes estructurar sus ideas y enfocarse en los puntos relevantes del caso, la misma debe conllevar una narrativa lógica y creíble sobre los hechos del caso, sin improvisar, debe planearse con anticipación desde el primer acto de investigación, ya que es la teoría del caso la que contribuirá a las partes a estar preparadas para el juicio.

Una buena teoría del caso está conformada por elementos claves, tales como: credibilidad, argumentaciones, de fácil comprensión por los juzgadores o tribunal de jurado; que genere duda razonable en el caso de la defensa, o demostrar la culpabilidad del acusado en el caso de la fiscalía o de los defensores de las víctimas. Una teoría del caso elaborada de forma ordenada conlleva múltiples beneficios para el proceso, tales como mejorar la eficacia del proceso judicial, permitir un desarrollo más ordenado y eficiente del juicio, mejor comprensión del caso por parte del Tribunal y las partes en general y facilitar la toma de decisiones imparciales y fundamentadas, entre otros.

Es así como resulta de suma importancia que las partes presenten una teoría del caso, ya que de no hacerlo toman el riesgo que su argumentación sea menos efectiva y el tribunal desconozca los hechos acusados.

* Defensora de Víctimas del Delito.

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