Economía

San Miguelito tendrá nuevo régimen tributario desde 2025

La medida busca duplicar los ingresos municipales, proyectando una recaudación superior a $20 millones anuales para 2025, adelantó la alcaldesa Irma Hernández. Se incluyen incentivos para nuevos negocios y registro vehicular

10 de diciembre de 2024

A partir de 2025, entrará a regir un nuevo Régimen Tributario en el distrito de San Miguelito, aprobado en el Acuerdo Municipal No. 124 del 3 de diciembre de 2024 y oficializado en la Gaceta Oficial No. 30172-A.

Entre los beneficios que incluye el régimen se destacan:

Descuentos por pronto pago: 15% en enero, 10% en febrero y 5% en marzo para los contribuyentes que cancelen la anualidad completa.

“Además, si tienen flota vehicular y la quieren destinar al distrito de San Miguelito se hará descuento”, anunció la alcaldesa Irma Hernández.

Exoneraciones fiscales: Empresas con ingresos menores a $140,000 anuales estarán exoneradas de pagar por propaganda y rótulos.

Incentivos para nuevos negocios y registro vehicular: Beneficios fiscales para empresas y flotas que se registren en San Miguelito.

Hernández agregó que “al final todo esto se va a traducir en beneficio para nuestras comunidades, pero por supuesto que esto promueve el desarrollo comercial, económico y la formalización de los negocios”.

En cuanto, a los establecimientos que desarrollen actividades relacionadas con peluquería y otros tratamientos de belleza, cuya base gravable sea inferior B/.150,000.00 y no presenten Declaración Jurada de Renta ante la Tesorería Municipal, estarán sujetos a una tarifa fija mensual en función del número de sillas o estaciones de servicio que posean, conforme a lo siguiente: los comercios que cuenten con entre 3 y 7 sillas de servicio pagarán una tarifa fija mensual de B/.75.00; los comercios que cuenten con 8 o más sillas de servicio pagarán una tarifa fija mensual de B/.125.00.

Para los establecimientos que se dediquen la actividad económica de lava autos y lavanderías automáticas, cuya base gravable sea inferior B/.100,000.00 y no presenten Declaración Jurada de Renta ante la Tesorería Municipal, estarán sujetos a una tarifa fija mensual determinada en función del número de estaciones de lavado o máquinas de servicio con las que cuente el establecimiento.

B/. 8
mensual, por m2 pagará una publicidad exterior estática.
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