Debemos tener presente que la Constitución Nacional en su artículo 284 señala que: El Estado intervendrá en toda clase de empresa a fin de hacer valer la justicia social, por medio de regulaciones especiales que consideren las tarifas, los servicios y los precios de cualquier naturaleza, y especialmente los de primera necesidad.
Teniendo en cuenta el aspecto Constitucional, podemos determinar, que el Estado puede tomar acciones o medidas en contra de las empresas privadas de orden genérica y estrictas, con sentido económico, a fin de enmarcar la intervención del Estado en las actividades privadas...